martes, 13 de marzo de 2012

Que Es La Fuerza Del Amor


AMIGOS AMEN DE CORAZÓN, NO PAREN DE HACERLO, AMEN TODAS LAS VECES QUE QUIERAN


LA FUERZA DEL AMOR*** 


El núcleo del amor es la fuerza, el valor que mostramos para luchar por lo que amamos, la fortaleza para defender lo que más apreciamos, enfrentar desafíos, superar barreras, derribar obstáculos.

Cuando el amor es auténtico surge con la fuerza de la audacia, el atrevimiento, la osadía que nos lanza a correr riesgos para conquistar lo que amamos; es en esa entrega sin condiciones donde surgen fortalezas donde antes no las había.

El amor nos da el valor de:

> - Luchar por nuestros sueños.

> - Dar la vida por los que llevamos en el corazón.

> - Modificar nuestra propia existencia.

> - Cambiar nuestro ser.

> - Rebasar el límite de nuestras potencialidades.

El amor nos da la fuerza:

> - Para respetar a los seres que amamos.

> - Para sonreír a pesar de las adversidades.

> - De la humildad para pedir perdón.

> - La grandeza de la comprensión.

> - La nobleza de perdonar.

El amor nos da el poder:

> - Para manifestar nuestras emociones.

> - Para alcanzar estrellas.

> - Para convertir nuestros sueños en realidades.

> - Entregar nuestra vida por un ideal.

El amor nos transforma en seres superiores, nos despierta nuestra capacidad de asombro, nos da la sensibilidad de la contemplación, nos impulsa a niveles infinitos, nos da la fuerza para recorrer nuestra vida con un espíritu invencible y nos impulsa a alcanzar lo imposible.

El amor es la fuerza que Dios deposita en el corazón de todos los seres humanos, a cada uno corresponde decidir vivir como un paladín o un cobarde, como un conquistador o un conformista, como un ser excelente o un mediocre, como un ser lleno de luz o quien permanece por siempre en la oscuridad, el amor hace nacer la fuerza para atrevernos a ser auténticos colaboradores en la grandeza de la creación.

Pregúntate: Si de verdad amas, ¿estás luchando con todas tus fuerzas para conquistar lo que deseas?

> - El valor para luchar por tus hijos.

> - Cuidar de tus padres.

> - Hacer feliz a tu pareja.

> - Conceder el perdón a tu enemigo.

> - Pedir humildemente perdón a quien ofendiste.

Pregúntate:

> ¿Tienes la fuerza para amarte a ti mismo, de convertirte en el ser que estás llamado a ser?

> ¿Te atreverías a hacer de tu vida una obra magistral digna de las manos que te crearon?

> ¿Tendrás el valor de ser un auténtico hijo de Dios?

> ¿Tienes la fuerza del amor?

El núcleo del amor es la fuerza, el valor que mostramos para luchar por lo que amamos, la fortaleza para defender lo que más apreciamos, enfrentar desafíos, superar barreras, derribar obstáculos.

Cuando el amor es auténtico surge con la fuerza de la audacia, el atrevimiento, la osadía que nos lanza a correr riesgos para conquistar lo que amamos; es en esa entrega sin condiciones donde surgen fortalezas donde antes no las había.

Ejemplo de Estrategia Empresarial


Facultad de Ingeniería de Sistemas

Estrategia Empresarial

 |
TALLER CASO EMPRESA NOEL”



DESCRIPCIÓN DE LA EMPRESA

Historia
Noel, un nombre y una que han acompañado a los colombianos por casi ocho décadas, símbolo de calidad, sabor y buenos momentos en familia, hace referencia a la empresa fundada en Medellín por un grupo de visionarios empresarios, motivados por el cierre temporal de las importaciones de confites y galletas a causa de la primera guerra mundial.  En 1916, bajo la marca Papagayo, derivada de su producto estrella, la empresa comenzó con la producción de galletas y confites.

En estos tiempos, cada producto de esta naciente empresa tenía su marca, pero se sentía la falta de un nombre que los englobara en una sola palabra, sonora, de fácil reconocimiento y, lo más importante, relacionado con la parte emotiva que los confites y las galletas despiertan en sus consumidores.  En 1925, siguió su producción con la marca Noel, incluida en todos sus productos.

Muy pronto, su rápido crecimiento propició la idea de expandirse, se adquirieron terrenos en la zona industrial del barrio Colón y en Guayabal en Medellín, para el montaje de nuevas plantas.

En 1961, compraron la compañía Zenú, empresa que había sido fundada en 1957, para la producción de salchicha tipo Viena, Frankfurt, pasta de hígado y carne de diablo.

Posteriormente, en 1965, la compañía decide modificar su nombre por el de Industrias Alimenticias Noel S.A., manejando una serie de líneas de producción que incluyen las pastas, las gelatinas, las carnes frías, las carnes enlatadas, los cereales para el desayuno, sopas deshidratadas, conservas, verduras enlatadas, refrescos en polvo y proteína vegetal texturizada.

En la década de los años 80, producto de continuas evoluciones e innovaciones introducidas en el empaque, pasando de hojalata a empaques flexibles, la empresa logra posicionar ampliamente su línea de galletería en el mercado colombiano.

Con la llegada del decenio de los años 90 y bajo la implícita globalización de los mercados, Noel registra los principios de un cambio que obligarían a la empresa a ser más competitiva nacionalmente, y a visualizar la oportunidad de ingresar a nuevos mercados del exterior.  Por esta razón se prepara actualizando sus controles de calidad, incorporando la norma ISO 9002 a las líneas de galletería y Zenú, además de preocuparse por ofrecer un mayor valor agregado en sus productos.

De manera más reciente, en 1999, se concreta por el grupo Danone de Francia, la compra del 20% de las acciones del negocio de galletas, para así mejorar su posición en la región Andina,  Centroamericana y del Caribe.  Desde este momento, la empresa, con tres divisiones, se compone de tres empresas: la Compañía Nacional de Galletas S.A.,  exclusivamente de galletas; Dulces de Colombia Dragus, empresa de golosinas, y Zenú, empresa de productos cárnicos.  La Unidad de Negocios Internacionales de la Compañía de Galletas Noel S.A., tiene a su cargo la comercialización del portafolio de productos de los tres negocios básicos, consolidados con sus marcas Noel, Zenú y Dragus.

La casa matriz de Compañía de Galletas Noel S.A., está ubicada en Medellín, Antioquia.  Igualmente, cuenta con sedes de distribución en las principales ciudades del país: Bogotá, Bucaramanga, Barranquilla, Cartagena, Ibagué, Manizales, Pereira y Cali.  Fuera de Colombia, los productos Noel y sus representantes se encuentran en más de 85 países de la Comunidad Andina, Centroamérica, islas del Caribe, Norteamérica (principalmente, la comunidad hispana de los Estados Unidos), Mercosur, África, Europa y Asia.  En Venezuela y Ecuador, los productos Noel se distribuyen por medio de empresas en las que Compañía de Galletas Noel tiene participación accionaría como Industrias Alimenticias Noel de Venezuela y Cordialsa.


FILOSOFÍA

Visión
En Noel se trabaja en equipo con la mejor gente, se está comprometido con alimentar y deleitar a los consumidores y asegurar la preferencia de los clientes.

Misión
Proporcionarles a los consumidores productos alimenticios que les brinden nutrición, placer y confianza.  Afianzar el liderazgo en el mercado colombiano y una posición importante en el mercado latinoamericano, a través de la calidad de los productos, el mejor servicio al cliente, la innovación y el posicionamiento de marcas.  Asegurar el crecimiento de la organización con rentabilidad y resultados superiores para los accionistas.  Promover el desarrollo integral de la gente, contribuir con la preservación del medio ambiente y el bienestar de la sociedad.



PRODUCTOS

Noel está conformado por sus tres empresas que dividen así sus líneas de productos: las harinas, las golosinas y los productos cárnicos.    


HARINAS

Galletas saborizadas
Galletas crakers
Galletas saludables
Ducales
Dux
Saltín Noel
Saltín Integral      Tosh
Sodas
Galletas Wafer
Galletas rellenas
Galletas especiales
Wafer tradicional ChocoWafer
Fantasía               MiniWafer
Festival             Bromitas
Recreo
Figuritas             Fiesta
Minichips
Galletas simples
Productos de soya

Sultana
Tipo Leche
Carve



GOLOSINAS

Confitería dura
Confitería blanda
Refrescos
Chupetas
Frunas
Zumm
Mentas
Gomas de mascar

Confetis




CARNICOS

Colombia
Venezuela
Zenú                                    Suizo
Brost                                    Cunit
Continental   
Hermo
Premier


RECURSOS

PLANTAS

Harinas
La materia prima para el negocio de la galletería es el trigo y es suministrada por la empresa asociada Molino. Santa Marta S.A., e importado también desde Canadá y Estados Unidos, para los productos de exportación.  El trigo es procesado por los molinos de Buga y Santa Marta, que proveen a Compañía de Galletas Noel S.A., de la harina necesaria para la manufacturación de los diferentes productos en su planta de producción en el tradicional sector de Guayabal, en la ciudad de Medellín.  La planta se considera la más moderna en América Latina, por su empleo de las más recientes tecnologías existentes en el mundo para la producción según los estándares internacionales de calidad.  Además, cuenta con 16 molinos en Medellín para completar las líneas de producción.

Compañía de Galletas Noel S.A., desarrolla y elabora una extensa línea de productos de galletas de sal, dulce, Wafer y saludables (digestivas) que cuentan con marcas de reconocida preferencia.

En esta categoría también se incluye la producción de proteína vegetal texturizada que se vende al mercado con la marca CARVE.

Indicadores:
Soporte de producción: Planta Noel Guayabal.
Capacidad de producción: 104.000 toneladas/año
Capacidad de producción Carve: 6.000 toneladas/año.  


Golosinas
Productos elaborados en dos plantas industriales, una ubicada en el Carmen de Viboral municipio cercano a Medellín, que cuenta con la más alta tecnología de vanguardia, construida en 1996 par ampliar y especializar el soporte de producción, y otra, situada en la ciudad de Cartagena, uno de los principales puertos del país.  En ambas fábricas se producen las diferentes golosinas Dragus, marca internacional que tiene presencia en  diferentes países y bajo la cual se agrupa todo el portafolio de golosinas, conformando un conjunto de dulces que se diferencian por sus conceptos de innovación y diversión.  Igualmente, se producen marcas privadas para los clientes del exterior; dentro de éstos se encuentra la empresa internacional Wal-Mart Stores, Inc. (U.S.A.), a quien se apoya en las temporadas especiales de halloween y Navidad con la producción de confites.  En este negocio, también encontramos el segmento de las bebidas instantáneas en polvo, con opciones de con o sin azúcar y en sabores de naranja, mandarina, limón, entre otros, con presentaciones en cómodos y prácticos empaques y con una amplia aceptación por el consumidor.

Hoy, el negocio de golosinas cuenta con un gran fortalecimiento de inversiones en activos especializados, con un gran desarrollo tecnológico y un agresivo plan de expansión en mercados internacionales.  Las oportunidades de crecimiento de esta categoría, sumados a la experiencia de la compañía, son factores decisivos en su dinámica.

Indicadores:
Soporte de producción: Planta de Dulces de Colombia en el Carmen de Viboral y Cartagena.
Capacidad de producción: 23.000 toneladas/año
Capacidad de producción de bebidas instantáneas: 9.000 toneladas/año.

Cárnicos
En conjunto con la empresa asociada Tecniagro, que con calidad superior y el más refinado desarrollo agroindustrial,  una de las más modernas granjas de Latinoamérica, suministra las carnes de res y cerdo, necesarias para el proceso cárnico que continúa en tres plantas de producción.  La primera de ellas es Zenú, ubicada en la ciudad de Medellín, que por su capacidad y reconocida calidad ha consolidado su marca como líder en el mercado nacional.  Las otras dos plantas cárnicas, Suizo S.A., y Frigorífico Continental S.A., localizadas en Bogota y Barranquilla, respectivamente, manejan su propia marca, Suizo y Continental.

Las marcas Zenú, Brost, Suizo y Cunit, en Colombia, y Hermo en Venezuela, lideran el mercado de carnes frías de estos países.  Estas marcas representan la más completa línea de carnes frías, desde las de consumo masivo hasta aquellas que satisfacen los paladares mas exigentes, con un portafolio que contiene los tradicionales embutidos de carnes  de cerdo y res hasta los nuevos desarrollos de pollo y productos Light,   permitiendo así cubrir los diferentes segmentos de mercado de esta categoría, con permanente innovación.

En Venezuela, Industrias Alimenticias Noel S.A., tiene una planta para la producción de jamones, ahumados, mortadela, salchichas, rebanados, madurados, entre otros.  Los productos bajo las marcas Hermo y Premier participan en el mercado; Hermo tiene una demanda que la ubica en el segundo lugar de preferencia.

Indicadores:
Soporte de producción: Plantas Zenú, Frigorífico Suizo, Frigorífico Continental y Hermo.
Capacidad de producción: carnes frías: 67.408 toneladas/año.

Recursos humanos
En la zona de Antioquia se generan cerca de 2.800 empleos directos. 

Situación financiera
A continuación se analizan los estados financieros para Compañía de Galletas Noel S.A., que comprende el negocio de las galletas y la distribución de las golosinas Dragus, y los estados financieros de Industrias Alimenticias Noel S.A., que comprende la línea de alimentos cárnicos.

De manera general, dichas empresa se encuentran muy por encima del promedio del sector.  Según la clasificación de ventas, Compañía de Galletas Noel S.A., es tercera en el sector, seguida de Industrias Alimenticias que se ubica en el puesto sexto.




Compañía de Galletas Noel S.A.
En resumen, la empresa supera, en promedio, el comportamiento de la industria y su desempeño sobre el año anterior.

Como se puede observar, las ventas en el 2000 fueron de $328.298 millones, cifra que aumentó el 70% sobre las ventas del año anterior.  La utilidad neta pasó de $7.944 millones a $20.538 millones en el 2000.  y en general mejoraron indicadores como: la rotación de cartera comercial que decayó de 76 días a 60, frente a un sector de 70; la rotación de proveedores que aumentó de 45 días a 48 días, frente a un sector de 46; la rotación de inventarios; el patrimonio neto; el flujo de caja operativo.

A nivel del endeudamiento, la empresa logra conseguir mejores resultados disminuye tanto el endeudamiento a largo plazo, como el endeudamiento a corto plazo, aunque de manera general su endeudamiento sea mayor al de la industria.

En relación con el flujo de caja operativo, éste es positivo y mejoró comparado con el año anterior; además, se observa que la empresa alcanza a cubrir sus gastos financieros respectivos a la deuda de corto plazo.

Industrias alimenticias Noel S.A.  
Se observa que la empresa es relativamente grande y sus ventas superan el promedio de la industria; en el 2000 fueron de $219.178 millones.  También hubo una mejora en la utilidad neta: pasó de $20.620 millones a $28.431 millones en el 2000, a pesar de registrarse disminuciones sobre las ventas.  Estas últimas decrecieron, en términos reales, puesto que crecieron menos que la inflación.  En relación con la industria, la rotación de cartera es más eficiente que el promedio de ésta, la rotación de inventarios es mejor y el endeudamiento, aparte de disminuir sobre el año anterior, es menor al mostrado por la industria.



Imprima los cuadros BCI y POMA vistos en la clase de Diagnostico Estratégico I, con el fin de que pueda realizar su ejercicio en clase. Se le recomienda leer el presente caso con anticipación.

Ejemplo de Régimen Arancelario


REGIMEN ARANCELARIO 



1. Cite cuatro ejemplos donde la  nomenclatura hable de  acondicionamientos para la venta al detal?

2. Localice dentro de la nomenclatura, como mínimo tres ejemplos  donde se citen  mercancías presentadas en surtidos.
. MERCANCIAS ACONDICIONADAS PARA LA VENTA AL POR MENOR.

Cuando la Nomenclatura distingue una misma mercancía, según esté o no acondicionada para la venta al por menor, entiéndase por “acondicionadas para la venta al por menor”, la envasadas o contenidas en ampolletas, cajas, botella, frascos, cápsulas, estuches, tubos, carteras, sacos, o en cualquier otra envoltura que rodee la mercancía, entera o parcialmente, aunque tal envoltura consista únicamente de
papel, tela, hoja de metal o de celofán, siempre que se trate de un acondicionamiento normal para la presentación en almacenes al por menor.
El acondicionamiento para la venta al por menor podrá ser señalado en cada caso por las Notas Legales de Sección y de Capítulo de la Nomenclatura, así como por las Notas de Subpartida.
38.08.10

INSECTICIDAS, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS
38.08.10.10

INSECTICIDAS A BASE DE PIRETRINOIDES, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS
38.08.10.20

INSECTICIDAS A BASE DE HIDROCARBUROS CLORADOS, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS
38.08.10.30

INSECTICIDAS A BASE DE CARBAMATOS, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS
38.08.10.40

INSECTICIDAS A BASE DE COMPUESTOS ORGANOFOSFORADOS, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS
38.08.10.90

INSECTICIDAS, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS (EXC. A BASE DE PIRETRINOIDES, DE HIDROCARBUROS CLORADOS, DE CARBAMATOS O D
38.08.20

FUNGICIDAS, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS
38.08.20.10

FUNGICIDAS INORGÁNICOS, PRESENTADOS COMO PREPARACIONES CÚPRICAS
38.08.20.15

FUNGICIDAS INORGÁNICOS, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS (EXC. PRESENTADOS COMO PREPARACIONES CÚPRICAS)
38.08.20.30

FUNGICIDAS A BASE DE DITIOCARBAMATOS, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS (EXC. INORGÁNICOS)
38.08.20.40

FUNGICIDAS A BASE DE BENCIMIDAZOLES, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS (EXC. INORGÁNICOS)
38.08.20.50

FUNGICIDAS A BASE DE DIAZOLES O TRIAZOLES, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O COMO PREPARACIONES O EN ARTÍCULOS, TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS, Y PAPELES MATAMOSCAS (EXC. INORGÁNICOS)

3. ¿En las publicaciones  del arancel de aduanas, que hacen empresas del sector privado,  aparecen columnas donde se describen,  el impuesto al valor agregado y el régimen de importación, hace parte esto de la nomenclatura arancelaria  justifique su respuesta?
. Se Considera que las publicaciones que realizan las empresas del sector privado no pertenecen a la nomenclatura Arancelaria ya que el arancel de Vallejo, legiscomex, en franquicias entre otros; brindan un valor agregado al importador, ya que describe  de manera más precisa y completa la información requerida para las operaciones de comercio exterior; lo cual brinda eficiencia y eficacia para el usuario, optimizando tiempos en la investigación del bien o servicio que se desea importar; además se encuentra explicita y ampliada con respecto al Arancel armonizado editado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

4. ¿Cuál es el objetivo de las partidas residuales dentro de la nomenclatura  del sistema armonizado?
El objeto de las partidas residuales dentro de la nomenclatura del Sistema Armonizado es ubicar el producto que se desea importar dentro del Arancel de Aduanas, asignarle una codificación, clasificarla y agruparla  de acuerdo a las categorías de las mercancías;  teniendo en cuenta que la diversidad de Bienes y servicios cada vez es mas amplia y en ocasiones no es posible clasificarla dentro de las supartidas establecidas. Ejemplo:

5. Cite cinco ejemplos  de desdoblamientos  nacionales y  cinco ejemplos de desdoblamientos  del pacto andino.
Mediante el Decreto  0358 del 6 de febrero de 2009, el Gobierno Nacional determinó desdoblar la subpartida arancelaria 8703.90.00.00, la cual quedará con el código, descripción y gravamen que se indica a continuación: 8703.90.00  -Los demás: 10 --Con motor eléctrico y 90 -- los demás.

Mediante el Decreto  3434 del 12 de septiembre de 2008, el Gobierno Nacional determinó desdoblar la subpartida arancelaria 5402.44.00.00 la cual quedará con el código, descripción y gravamen que se indica a continuación: Los demás hilados sencillos sin torsión o con una torsión inferior o igual a 50 vueltas por metro: De elastómeros: 10---De poliuretano, 5% u 90—Los demás, 15%.  El presente decreto fue publicado en el Diario Oficial No 47.110 del 12 de septiembre de 2008.

Mediante el Decreto 3142 del 22 de agosto de 2008, el Gobierno Nacional determinó desdoblar las subpartidas arancelarias 0302.69.00.00,0303.79.00.00, 0304.19.00.00 Y 0304.29.90.00,correspondientes a la tilapia, con el fin de hacer un mejor seguimiento y control estadístico, aduanero y sanitario al comercio exterior de este producto. Este medida modifica en lo pertinente el artículo 1º del Decreto 4589 de 2006. El presente decreto fue publicado en el Diario Oficial No 47092 del 25 de agosto de 2008.

Mediante el Decreto 3169 del 27 de agosto de 2008, el Gobierno Nacional determinó desdoblar la subpartida arancelaria 3920.62.00.00 la cual quedará con el código, descripción y gravamen que se indica a continuación: politereftalato de etileno: 10 - - - De espesor inferior a 30 micras, con orientación biaxial, sin impresión, 0% y  90 - - - Las demás 20%. Este gravamen arancelario de o% regirá hasta el 9 de noviembre de 2008. El presente decreto fue publicado en el Diario Oficial No 47094 del 27 de agosto de 2008.

Mediante el Decreto 1205 del 18 de abril de 2008, el Gobierno Nacional  aprobó unas modificaciones a las notas del arancel y en las subpartidas arancelarias establecidas en la Decisión 675 de la CAN. Igualmente, se aprobó el desdoblamiento de la subpartida arancelaria 3920.20.10.00 con el fin de diferenciar las películas de polipropileno metalizadas hasta de 25 micrones de espesor para la fabricación de condensadores eléctricos  de las demás películas y se establece un arancel de 5% para la nueva subpartida arancelaria desdoblada 3920.10.10.00. El presente decreto fue publicado en el Diario Oficial No 46.964 del 18  de abril  de 2008.

Mediante el Decreto 2645 del 11 de julio de  2007, el Gobierno Nacional determinó desdoblar las supartidas arancelarias 84.22.40 y 84.37.10, correspondientes a máquinas para lavar vajillas, botellas etc y máquinas para la limpieza, clasificacíón y cribado de semillas. Los anteriores desdoblamientos estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2007, para la subpartida 8422.40.90.10 y 6 meses para la subpartida 8437.10.90.10. Este decreto se publicó en el Diario Oficial No 46.687 del 12 de julio de 2007.
EJEMPLO DE DESDOBLAMIENTO NACIONAL

15.15 Las demás grasas y aceites vegetales fijos (incluido el aceite de jojoba), y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.
1515.90 - Los demás:
1515.90.00.10 - - Aceite de tung y sus fracciones                                            20
1515.90.00.90 - - Los demás                                                                                         20
18.06 Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.
1806.32.00 - - Sin rellenar:
1806.32.00.10 - - - Sin adición de azucar, ni otros edulcorantes                       20
1806.32.00.90 - - - Los demás                                                                                       20

27.01 Hullas; briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla.
2701.12.00 - - Hulla bituminosa:
2701.12.00.10 - - - Hulla térmicas                                                                       5
2701.12.00.90 - - - Las demás                                                                                        5

28.09 Pentóxido de difósforo; ácido fosfórico; ácidos polifosfóricos, aunque no sean de constitución química definida.
2809.20 - Acido fosfórico y ácidos polifosfóricos:
2809.20.10 - - Acido fosfórico:
2809.20.10.10 - - - Äcido fosfórico de concentración superior o igual al 75%        10
2809.20.10.90 - - - Los demás                                                                                         5

70.19 Fibra de vidrio (incluida la lana de vidrio) y manufacturas de esta materia (por
ejemplo: hilados, tejidos).
7019.90.90 - - Las demás:
7019.90.90.10 - - - Bolsas filtrantes                                                                                   5
7019.90.90.90 - - - Las demás                                             
EJEMPLOS DE DESDOBLAMIENTO DEL PACTO ANDINO

04.07 Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o cocidos.
0407.00.10.00 - Para incubar                                                                                          5
0407.00.20.00 - Para producción de vacunas (libres de patógenos
específicos)                                                                                                                      5
0407.00.90.00 - Los demás                                                                                           20

07.09 Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas.
0709.90.10.00 - - Maíz dulce (Zea mays var. saccharata)                                            15
0709.90.20.00 - - Aceitunas                                                                                            15
0709.90.30.00 - - Alcachofas (alcauciles)                                                                        15
0709.90.90.00 - - Las demás

08.03 Bananas o plátanos, frescos o secos.
- Frescos:
0803.00.11.00 - - Tipo «plantain» (plátano para cocción)                                 15
0803.00.12.00 - - Tipo «cavendish valery»                                                        15
0803.00.13.00 - - Bocadillo (manzanito, orito) (Musa acuminata)                     15
0803.00.19.00 - - Los demás                                                                                         15
0803.00.20.00 - Secos                                                                                                   15

08.11 Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
0811.90.91.00 - - - Mango (Mangifera indica L.)                                                15
0811.90.92.00 - - - Camu Camu (Myrciaria dubia)                                            15
0811.90.93.00 - - - Lúcuma (Lúcuma obovata)                                                 15
0811.90.94.00 - - - «Maracuyá» (parchita) (Passiflora edulis)                          15
0811.90.95.00 - - - Guanábana (Annona muricata)                                           15
0811.90.96.00 - - - Papaya                                                                                15
0811.90.99.00 - - - Los demás                                                                                       15

10.04 Avena.
1004.00.10.00 - Para siembra                                                                                         5
1004.00.90.00 - Las demás                                     

6. ¿Por qué las notas informativas no hacen para de la nomenclatura?

Porque las Notas Explicativas sin ser parte integrante del Convenio del Sistema Armonizado, constituyen su interpretación Oficial del que forman como complemento indispensable. Estas Notas no constituyen un comentario exhaustivo ni definitivo sobre el alcance general de las partidas y subpartidas del Sistema Armonizado, pero deben ser leídas siempre refiriéndose estrictamente a los textos legales del Sistema propiamente dicho, sin disociarse de las reglas interpretativas y de las Notas de Secciones y de Capítulos.

7. ¿Cómo se distinguen  en la nomenclatura las partidas de las supartidas?
PARTIDA ARANCELARIA
Unidades en que se divide la  Nomenclatura del Sistema Armonizado en donde se clasifican grupos de mercancías y que se identifican por 4 dígitos.
SUBPARTIDA ARANCELARIA
Subgrupos en que se dividen las mercancías de una partida, se identifican por 6 dígitos en la Nomenclatura del Sistema Armonizado.



8. Cite diez aplicaciones  específicas del arancel de aduanas  en su país.
·         Incorpora la consulta del Perfil de la Mercancía, donde se consolida la información y características de cada subpartida declarable en Colombia, tal como el código, la descripción, las tarifas generales y por acuerdo comercial que aplican a la importación, los documentos soporte y demás información relacionada con el código seleccionado.
·         Recopila en una fuente única toda la información que afecta el arancel de aduanas colombiano.
·         Facilita la consulta de información actualizada sin desplazamientos ni costos para el usuario.
·         Sirve como medio de apoyo a los funcionarios de la DIAN en el desarrollo de sus actividades, con el fin de facilitar el control del cumplimiento de las . Permite consultar de manera gratuita, rápida, y confiable las medidas arancelarias y para-arancelarias vigentes. obligaciones aduaneras, tributarias y cambiarias.

9. De los códigos arancelarios usted puede saber.
a. La sección    …..no …….
b. La partida    ……si……
c. El capitulo   …….si…….
d. La subpartida ….si…….
10. ¿Qué clase de notas legales encuentra usted dentro de la nomenclatura arancelaria?

Qué son las Notas legales y cómo se clasifican?
Son una herramienta indispensable para la clasificación de mercancías junto con las Reglas de Clasificación dentro de la nomenclatura arancelaria. Las Notas Legales se encuentran al principio de las Secciones y Capítulos,y ellas nos marcan en muchos casos el camino a seguir para encontrar la Sección,capítulo,partida o subpartida.

Las Notas Legales pueden ser de sección,de capitulo, de partida o de subpartida.Estas a su vez pueden :

-Incluir o excluir una mercancía (Inclutorias o exclutorias). Ejemplo:incluye en el capitulo 29 los productos orgánicos de constitución química definida. Excluye del capitulo 68 las pequeñas mulas para torno de dentista.

- Definir algo (definitorias).Ejemplo: en el capitulo 51 define la lana .

- Precisan términos o expresiones (de precisión). Ejemplo: en el capitulo 39 precisa que se debe entender por formas primarias.

- Complementan alguna expresión o término empleado en la nomenclatura (Complementarias).
Tipos de Notas Legales:
1-    Notas Definitorias: Indican las características de las mercancías a que se refiere una determinada partida.
2- Notas Ampliativas: Indican hasta que productos de mercancías se extiende la Nomenclatura o una nomenclatura determinada.
3- Notas Restrictivas: Señalan limitaciones a ciertas mercancías que podrían clasificarse en una determinada partida, y que son incluidas en otras dependiendo de los criterios de clasificación.
4- Notas Clasificatorias: Son notas que indican que productos están clasificados dentro de una determinada partida o cuando sean de la misma naturaleza, especie, o tengan el mismo uso de aplicación.
5- Notas Excluyentes: Muestran que tipos o clases de mercancías deben excluirse de una determinada partida.
6- Notas Incluyentes: Son notas que indican que productos están clasificados o incluidos dentro de una determinada partida.
7- Notas Explicativas: Son notas que indican con mayor precisión y certeza donde deben ubicarse determinadas mercancías, dependiendo de las reglas de interpretación dentro del Sistema de la Nomenclatura como del Arancel.

11. ¿Es lo mismo decir  reglas generales de clasificación, que notas explicativas  de la nomenclatura?
No es lo mismo cuando hablamos de reglas generales de clasificación, estamos haciendo referencia a como están clasificadas las mercancías  dentro del sistema armonizado , dependiendo del tipo de mercancía o  de sus características, es decir cómo se agrupan y cuando hablamos de Las Notas Explicativas del Sistema Armonizado  proporcionan indicaciones sobre el alcance de partida, así como los principales artículos comprendidos en cada una de ellas y de los textos excluidos, acompañada de descripciones técnicas (aspecto, propiedades, forma de obtención, utilizaciones, etc.). También se establecen Notas Explicativas de subpartida para precisar su contenido y alcance.
La clasificación de las mercancías en la nomenclatura se regirá por los principios siguientes:
- Regla 1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapitulos solo tiene un valor indicativo, ya que la clasificación esta determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.
- Regla 2: a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza también al artículo incompleto o sin terminar, siempre que ya presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontando o sin montar todavía.
b) Cualquier referencia a una materia en una partida alcanza a dicha materia tanto pura como mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturadas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de los artículos compuestos se hará de acuerdo con los principios enunciados en la regla 3.
c) Cuando las reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la ultima partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse en cuenta.
- Regla 3: Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la regla 2b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuara como sigue:
a) La partida con descripción más especifica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o mas partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un articulo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso en mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente especificas para dicho producto o articulo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa y completa.
b) Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y mercancías presentadas en juegos y surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia o con el articulo que se les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo.
c) Cuando las reglas 3 a) y 3b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificara en la ultima partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.
- Regla 4: Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores se clasificarán en la partida que comprenda los artículos con los que tengan mayor analogía.
- Regla 5: Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las reglas siguientes:
a) Los estuches para aparatos fotográficos, para instrumentos de música, para armas, para instrumentos de dibujo, los estuches y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un surtido, susceptibles de uso prolongado y que se presenten con los artículos a los que estén destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta regla no afecta a la clasificación de los continentes que confieran al conjunto el carácter esencial.
b) Salvo lo dispuesto en la regla 5 a] anterior, los envases que contengan mercancías se clasificarán con ellas cuando sean del tipo de los normalmente utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida.
- Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida està determinada legalmente por los textos de las subpartidas y de las notas de subpartida así como, mutatis mutandis , por las reglas anteriores, bien entendido que sólo puede compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplicaran las notas de sección y de capítulo, salvo disposiciones en contrario.
No es lo mismo decir reglas generales de clasificación que notas explicativas de la nomenclatura, pues aunque ambas hacen parte de las notas legales, la primera se encarga de decirnos que productos están clasificados dentro de una determinada partida o cuando sean de la misma naturaleza, especie, o tengan el mismo uso de aplicación; y la segunda nos dice con exactitud dónde deben ubicarse determinadas mercancías, dependiendo de las reglas de interpretación dentro del Sistema de la Nomenclatura como del Arancel.